NORMATIVA DE USO Y RESERVA DE LOS ESPACIOS PROMOTORES DE SALUD Y CONVIVENCIA (EPS+C)
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto
La presente normativa tiene por objeto regular las condiciones generales de acceso, uso y reserva de las instalaciones y servicios de los Espacios Promotores de Salud y Convivencia (en adelante, EPS+C) de la Universidad de Zaragoza.
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Esta normativa es aplicable a todos los EPS+C de la Universidad. No obstante, dada la diversidad de instalaciones, cada espacio podrá contar con condiciones particulares de uso que concreten o maticen lo aquí dispuesto. Dichas especificidades estarán disponibles en el sitio web correspondiente a cada EPS+C.
TÍTULO II. DE LOS SERVICIOS E INSTALACIONES
Artículo 3. Zonas de descanso y convivencia
El uso de las zonas comunes, office y espacios de descanso es libre para la comunidad universitaria, debiendo respetarse las normas básicas de convivencia, higiene y respeto al resto de usuarios y al mobiliario.
Artículo 4. Vestuarios, Duchas y Taquillas (si procede)
En los EPS+C que dispongan de estas instalaciones:
- Acceso: Se realizará mediante el sistema de control establecido en cada edificio (préstamo de tarjeta en conserjería, acceso mediante TUI, etc.).
- Uso de Taquillas: Las taquillas son de uso diario y rotatorio, destinadas exclusivamente a guardar efectos personales durante el tiempo de permanencia en la instalación o realización de actividad física.
- Prohibiciones: Queda prohibido el almacenamiento de enseres de un día para otro (salvo autorización expresa) o el uso indebido de las mismas. El servicio gestor podrá proceder a la apertura de taquillas que incumplan los plazos de uso.
TÍTULO III. DE LA RESERVA Y USO DE LOS ESPACIOS
Artículo 5. Entidades Solicitantes
Podrán solicitar la reserva de los espacios:
- Centros, departamentos, institutos de investigación, servicios y otras unidades de la Universidad de Zaragoza (prioritariamente).
- Entidades externas que tengan suscrito un convenio vigente con la Universidad de Zaragoza.
Artículo 6. Tipología de las Actividades
Las actividades propuestas para su realización en los EPS+C deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Temática: Deben promover el conocimiento, la salud, el bienestar de las personas o la cultura universitaria.
- Carácter Puntual: Las actividades no podrán ser recurrentes (ej. no se aceptan reservas para clases semanales fijas durante todo el cuatrimestre).
- Acceso: En la solicitud se deberá especificar si la actividad es de acceso libre o restringido.
- Alineación Institucional: No se aceptarán actividades que contravengan la cultura de paz, respeto y solidaridad definidos en los Estatutos de la Universidad.
Artículo 7. Procedimiento de Solicitud y Aceptación
Dependiendo de la configuración de cada EPS+C, podrán ser objeto de reserva: (1) Salas de juntas o reuniones privadas; (2) El EPS+C en su totalidad (uso exclusivo).
- Salas de Juntas o reuniones privadas: Se solicitarán a través del procedimiento telemático establecido en la información de la página web de cada EPS+C.
- Espacio Completo: La reserva de la totalidad del EPS+C requiere autorización expresa del servicio gestor. La solicitud deberá dirigirse al correo saludable@unizar.es, indicando: actividad, fecha, horario, responsable y número de asistentes.
Artículo 8. Equipamiento Audiovisual
El uso de los medios técnicos disponibles se realizará bajo petición y estará tutelado en todo momento por el personal de Conserjería del edificio.
TÍTULO IV. RÉGIMEN SANCIONADOR Y RESPONSABILIDAD
Artículo 9. Incumplimiento
El incumplimiento de esta normativa o el mal uso de las instalaciones podrá conllevar la suspensión temporal o definitiva del derecho de acceso a los EPS+C, sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias o legales que correspondan.
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