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NORMATIVA DE USO Y RESERVA DE LOS ESPACIOS PROMOTORES DE SALUD Y CONVIVENCIA (EPS+C)

TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

 

Artículo 1. Objeto

La presente normativa tiene por objeto regular las condiciones generales de acceso, uso y reserva de las instalaciones y servicios de los Espacios Promotores de Salud y Convivencia (en adelante, EPS+C) de la Universidad de Zaragoza.

 

Artículo 2. Ámbito de aplicación

Esta normativa es aplicable a todos los EPS+C de la Universidad. No obstante, dada la diversidad de instalaciones, cada espacio podrá contar con condiciones particulares de uso que concreten o maticen lo aquí dispuesto. Dichas especificidades estarán disponibles en el sitio web correspondiente a cada EPS+C.

 

TÍTULO II. DE LOS SERVICIOS E INSTALACIONES

 

Artículo 3. Zonas de descanso y convivencia

El uso de las zonas comunes, office y espacios de descanso es libre para la comunidad universitaria, debiendo respetarse las normas básicas de convivencia, higiene y respeto al resto de usuarios y al mobiliario.

 

Artículo 4. Vestuarios, Duchas y Taquillas (si procede)

En los EPS+C que dispongan de estas instalaciones:

 

  1. Acceso: Se realizará mediante el sistema de control establecido en cada edificio (préstamo de tarjeta en conserjería, acceso mediante TUI, etc.).
  2. Uso de Taquillas: Las taquillas son de uso diario y rotatorio, destinadas exclusivamente a guardar efectos personales durante el tiempo de permanencia en la instalación o realización de actividad física.
  3. Prohibiciones: Queda prohibido el almacenamiento de enseres de un día para otro (salvo autorización expresa) o el uso indebido de las mismas. El servicio gestor podrá proceder a la apertura de taquillas que incumplan los plazos de uso.

 

TÍTULO III. DE LA RESERVA Y USO DE LOS ESPACIOS

 

Artículo 5. Entidades Solicitantes

Podrán solicitar la reserva de los espacios:

  1. Centros, departamentos, institutos de investigación, servicios y otras unidades de la Universidad de Zaragoza (prioritariamente).
  2. Entidades externas que tengan suscrito un convenio vigente con la Universidad de Zaragoza.

 

Artículo 6. Tipología de las Actividades

Las actividades propuestas para su realización en los EPS+C deberán cumplir los siguientes requisitos:

 

  1. Temática: Deben promover el conocimiento, la salud, el bienestar de las personas o la cultura universitaria.
  2. Carácter Puntual: Las actividades no podrán ser recurrentes (ej. no se aceptan reservas para clases semanales fijas durante todo el cuatrimestre).
  3. Acceso: En la solicitud se deberá especificar si la actividad es de acceso libre o restringido.
  4. Alineación Institucional: No se aceptarán actividades que contravengan la cultura de paz, respeto y solidaridad definidos en los Estatutos de la Universidad.

 

Artículo 7. Procedimiento de Solicitud y Aceptación

Dependiendo de la configuración de cada EPS+C, podrán ser objeto de reserva: (1) Salas de juntas o reuniones privadas; (2) El EPS+C en su totalidad (uso exclusivo).

 

  1. Salas de Juntas o reuniones privadas: Se solicitarán a través del procedimiento telemático establecido en la información de la página web de cada EPS+C.
  2. Espacio Completo: La reserva de la totalidad del EPS+C requiere autorización expresa del servicio gestor. La solicitud deberá dirigirse al correo saludable@unizar.es, indicando: actividad, fecha, horario, responsable y número de asistentes.

 

Artículo 8. Equipamiento Audiovisual

El uso de los medios técnicos disponibles se realizará bajo petición y estará tutelado en todo momento por el personal de Conserjería del edificio.

 

TÍTULO IV. RÉGIMEN SANCIONADOR Y RESPONSABILIDAD

 

Artículo 9. Incumplimiento

El incumplimiento de esta normativa o el mal uso de las instalaciones podrá conllevar la suspensión temporal o definitiva del derecho de acceso a los EPS+C, sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias o legales que correspondan.

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